CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la ley penal de Jalisco, que impone pena de hasta tres años de prisión a quien obstaculice, impida o reprima la producción, publicación, distribución, circulación o difusión de algún medio de comunicación masiva.
En ese contexto declaró infundada la inconformidad expresada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la cual presentó un recurso contra el uso del término “masiva” en dicha ley, al señalar que éste excluía a periodistas independientes y medios alternativos.
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