MÉXICO, D.F., 4 de junio (proceso).- Enjuiciar a un presidente no es deseable; pero que un presidente viole la Constitución tampoco es aceptable. Durante el periodo en el que ejercen el cargo, los presidentes sólo pueden ser procesados por traición a la patria y por delitos graves “del orden común”. Sin embargo, la inmunidad no es vitalicia. Este delicado asunto ha venido debatiéndose en las páginas de Proceso, a través de las cuales me pronuncié en el sentido de que el presidente Felipe Calderón sea enjuiciado al término de su mandato por violar el precepto constitucional que regula la forma como el pueblo ejerce su soberanía. No formulé un juicio de valor ni una acusación personal; me basé en una resolución firme del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación donde, de manera clara y unánime, se demostró esa violación.
Es sintomático que no se trate de un hecho aislado. El mismo tribunal, en el dictamen de septiembre de 2006 mediante el que declaró presidente electo al ciudadano Felipe Calderón, señaló que el presidente Vicente Fox también alteró el proceso electoral. Como expresidente se ha jactado de esa violación al ordenamiento jurídico, por la que nunca se le llevó a juicio. Estamos ante un fenómeno de impunidad recurrente que debe ser detenido antes de que ocasione más estragos.
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