CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Los exintegrantes de la banda de grunge estadunidense Nirvana enfrentan una demanda por presunta explotación sexual de un menor.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Los exintegrantes de la banda de grunge estadunidense Nirvana enfrentan una demanda por presunta explotación sexual de un menor.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Hay historias que no me gustaría compartir en este espacio. Simplemente porque es muy ingrato tener que dedicarme a criticar algunas resoluciones judiciales que no deberían dictarse. Además en un contexto en el que es necesario defender al Poder Judicial federal, frente a embates políticos exagerados. Pero entre idealizar la labor judicial y hacer propaganda a su favor que no corresponde con la realidad que se vive en ciertos casos, o denunciar precedentes incompatibles con lo que se espera y debe exigirse a cada órgano de ese Poder, prefiero optar por lo segundo.
Es conocido que se acaba de cambiar de época judicial debido a la reforma que se ha presumido como la más importante de este siglo para el Poder Judicial de la Federación. Se anuncia que la undécima época traerá la consolidación del goce efectivo de los derechos humanos, lo cual requiere indefectiblemente que todos y cada uno de los órganos judiciales asuman su rol activo de garantes de derechos.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Dos palabras rondan en mi cabeza desde hace varios días, poder y deber. Pienso en ellas y normalmente las contrapongo no solo para apreciar sus diferencias, sino sobre todo para entender sus vínculos. Como me dedico profesionalmente a la defensa de causas de derechos humanos, cuando examino algún caso desde la óptica del deber, mi referente obligado es nuestra Constitución, y suelo contrastar lo que las autoridades estiman que pueden hacer y hacen con lo que deben hacer.
Si concluyo que el proceder de alguna autoridad no se apega a los mandatos de la Constitución, asumo que se puede emprender un litigio de interés público para remediar la situación. Quizá esta forma de abordar un problema explica mi nivel de exigencia para las instancias judiciales. No llego con súplicas, ni ocurrencias, más bien, con una demanda, y creo firmemente que es su trabajo garantizar el respeto de cualesquiera derechos humanos que estén involucrados en un juicio que inicio.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Tengo un recuerdo idealizado en torno a esta reforma que hoy cumple diez años: que me ha tocado defenderla incluso desde antes de que se llevara a cabo. No es nostalgia, es más bien satisfacción. Saber que desde que tuve la fortuna de participar en la “Propuesta de reforma constitucional en materia de derechos humanos, elaborada por las organizaciones de la sociedad civil y por académicas y académicos especialistas en derechos humanos”, abogué por la inclusión de un mandato constitucional que, en mi opinión, es la esencia de nuestra Constitución.
En aquel entonces la idea era dejar claro en el texto constitucional que las normas de derechos humanos contenidas en tratados internacionales tendrían jerarquía constitucional, y todavía más importante, que ellas prevalecerían en la medida que confirieran una mayor protección a las personas en el goce y ejercicio de sus derechos. Se trataba de incorporar a nuestra Constitución el principio pro persona.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Ha transcurrido una década desde que se publicó la reforma constitucional con el mayor potencial para transformar radicalmente nuestro juicio de amparo. Seguro no faltarán los eventos y publicaciones conmemorativas, pero más allá de obvias alusiones a la importancia del acontecimiento, conviene tener un diagnóstico sobre el impacto real de aquella reforma y lo que falta por concretar en nuestro día a día.
¿Es el juicio de amparo un recurso sencillo? Para que eso trascienda en beneficio de la gente, algo que debemos preguntarnos es si las personas comunes pueden acudir a los juzgados y tribunales de amparo, sin necesidad de contratar servicios jurídicos especializados y depender de su capacidad económica o de la buena voluntad y pericia de quienes les asesoran. Si la respuesta es negativa, entonces no tenemos todavía un amparo sencillo. Ante ello, hay muchas cosas por explorar.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Una consecuencia de las reformas constitucionales es que se tiene el deber de ajustar las formas, los modos y los hábitos. Algo que no siempre es fácil dadas las inercias que se tienen entre nuestras autoridades. A veces sucede que prefieren interpretar los alcances de dichas reformas de manera que se ajusten a los usos acostumbrados, en vez de honrar el compromiso de cambiar su modelo de actuar.
No pasaron ni dos meses de publicada la reforma judicial de marzo de este año, y me he topado ya con un caso así, donde la costumbre busca ser más fuerte que la reforma. Se trata de la concentración de juicios. Una figura que es excepción a las reglas de turno y competencia que rigen en sede judicial, y que faculta al Consejo de la Judicatura Federal solo a concentrar varios juicios en uno o más órganos judiciales para que conozcan de asuntos vinculados con hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, si es de “interés social y orden público”.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Porque si lo fuera, lo primero que debería hacer es dejar de escribir en Proceso. Solamente tendría tiempo para alistar la argumentación toral de los proyectos de sentencia que me asignaran, de estudiar los proyectos de las demás ponencias y de recibir en audiencias públicas a todas las partes de los juicios al mismo tiempo.
No es que tuviera que renunciar por diecisiete años a lo que más me apasiona, ser abogado de causas de derechos humanos; ni que tuviera que renunciar a las redes sociales para que la popularidad en ellas no me distraiga ni nuble mi criterio; es que a lo mejor no entiendo bien lo que implica ser un “buen” juez constitucional.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Todas las personas somos fundamentales. Todos nuestros derechos humanos, individuales y colectivos, tienen la misma consideración constitucional, en términos generales y abstractos. Cada persona podemos valorar nuestros propios derechos de formas distintas. Habrá quienes les demos más importancia a unos que a otros.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Normalmente no me entusiasman las elecciones. También tengo que confesar que casi nunca me logro sentir representado. Pero igual eso puede cambiar este año gracias a una de las novedades de la Constitución incluida con la reforma judicial.
Señala ahora el último párrafo de la fracción I del artículo 105 constitucional que en las controversias previstas en ella únicamente podrán hacerse valer violaciones a nuestra Constitución General de la República, así como a los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- De tiempo en tiempo leo la noticia de que un Congreso en tal Estado aprobó una reforma que permite casarse con la persona que se elige, sin importar si su sexo es el mismo. Luego leo otra nota que informa que en el Congreso de tal otro lado se rehusó despenalizar el aborto, que la mayoría no pasó la reforma en tal sentido.
Imagino que hay personas que aplauden una cosa y se lamentan por la otra. Pero lo que me niego a aceptar es que se haya normalizado que ese tipo de decisiones le corresponde adoptarlas a la clase política. Rechazo que se acepte sin más que la alternativa que tenemos para cambiar las cosas pasa por las urnas y ayudar con nuestro voto al partido con el que coincidimos, a fin de que tenga mayoría en tal o cual Congreso y así tener chance de que avalen casarnos o a las mujeres abortar.