De la corresponsalía
TOLUCA, Edomex., 17 de abril (apro).- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que los partidos políticos no se encuentran obligados a cumplir con la paridad de género en las candidaturas a ayuntamientos y diputaciones locales en sentido horizontal, por lo que no es necesario que postulen como abanderadas a las alcaldías y en los distritos locales a mujeres en la mitad de los casos.
Adquiere una fotografía para ilustrar esta nota aquí