CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Por considerar que interrumpir un tratamiento para atender una enfermedad viola el derecho a la salud, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a una persona con VIH que se vio afectada por el desabasto de medicamentos antirretrovirales, para que se le garantice el acceso a la medicina que requiere de forma permanente.
En sesión remota, la Primera Sala de la SCJN advirtió que la omisión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de suministrar el tratamiento antirretroviral sin interrupciones a un paciente con Virus de Inmunodeficiencia Humana-Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA) viola el derecho humano a la salud del quejoso, debido a que afecta su vida y su integridad personal.
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