CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 298, inciso B), fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que sanciona a los concesionarios de radio y televisión por incumplir la legislación, con montos que van del 1% al 3% de sus ingresos acumulables.
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