La Corte invalida definición del matrimonio en Aguascalientes; protege a uniones igualitarias

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la definición del matrimonio como “la unión legal de un solo hombre y una sola mujer” con el fin de “perpetuar la especie y crear en ellos una comunidad de vida”, contemplada en el Código Civil de Aguascalientes.

El pleno de la SCJN consideró que los artículos 143, 144 y 113 bis, de dicho Código Civil local, deberán “interpretarse y aplicarse en el sentido de que corresponden también a los matrimonios y concubinato entre dos personas de diferente o el mismo sexo”.



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