MÉXICO, DF (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló los matrimonios entre personas del mismo sexo en Jalisco al declarar inconstitucionales los artículos 258, 260 y 267 Bis del Código Civil del Estado que los impiden.
Por unanimidad, el Pleno de la Corte invalidó las porciones de los artículos 258, 260 y 267 Bis del Código Civil de Jalisco al considerar que la exclusión de parejas del mismo sexo es discriminatoria. Con ello, Jalisco se convierte en la primera entidad del país que por mandato SCJN es obligada a permitir los matrimonios entre personas del mismo sexo.
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