PUEBLA, Pue. (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 300 del Código Civil de Puebla donde se establece que el matrimonio debe ser sólo entre un hombre y una mujer.
Por unanimidad, el pleno de la SCJN resolvió la acción de inconstitucionalidad 29/2016 que fue presentada en marzo del año pasado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra del Código Civil, por excluir el matrimonio igualitario.
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