CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La SCJN declaró inválida la disposición del Código Penal del Estado de México que establecía la pena de prisión vitalicia para ciertos casos de homicidio agravado.
Señaló que la prisión vitalicia impide toda posibilidad de reintegración del sentenciado a la sociedad, lo que contradice el mandato constitucional que obliga a las instituciones penitenciarias a garantizar condiciones para la reinserción, como acceso a la salud, deporte, trabajo y capacitación.
Adquiere una fotografía para ilustrar esta nota aquí