Nulidad necesaria

CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- La grave violación a los principios constitucionales en materia electoral en el Estado de México se encuentra a los ojos de todos. Si el conteo definitivo del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) da como “ganador” a Alfredo del Mazo, la elección tendría que ser anulada por los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Y si el TEPJF se niega a cumplir con su mandato legal, se debe acudir inmediatamente a los tribunales y las instancias internacionales.
En cualquier elección con una diferencia reducida entre el primero y el segundo lugar, las autoridades jurisdiccionales tienen la obligación de llevar a cabo una revisión minuciosa no solamente de la pulcritud del conteo oficial, sino también de las condiciones generales en que se desarrolló el proceso electoral en su conjunto. Específicamente, habría que determinar hasta qué punto los votos emitidos por los ciudadanos hayan sido el resultado de una decisión “libre” y un proceso electoral “auténtico”, de acuerdo con el artículo 41 de la Constitución, o si hubo manipulación excesiva al electorado o violaciones legales generalizadas durante el proceso.


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