PODRÁ EL PRESIDENTE RENDIR PROTESTA ANTE LA SCJN, SI NO HAY CONDICIONES EN EL CONGRESO

MÉXICO, D.F., 3 de noviembre (apro).- La Cámara de Diputados aprobó adiciones al artículo 87 constitucional para que, en caso de que el presidente de la República electo no pueda rendir protesta ante el pleno del Congreso de la Unión, lo haga ante las mesas directivas de ambas cámaras, y en el último de los casos, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Al continuar el análisis, en lo particular, de la reforma política, los diputados aprobaron también la eliminación de la cláusula de gobernabilidad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), con lo cual se evitará la sobrerrepresentación de los partidos.


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