SCJN ampara a pareja de mujeres para registrar a su hijo con el apellido de ambas

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a dos mujeres “lesbomaternales” originarias de Aguascalientes, a las cuales el Registro Civil de ese estado les negó el derecho de registrar a su hijo concebido por una de ellas.

El proyecto de amparo en revisión 852/2017, presentado por la ministra Norma Lucía Piña, determinó que las uniones familiares homoparentales tienen derecho a llevar el apellido de sus dos madres mediante un trámite sencillo.



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