MONTERREY, N.L. (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró sin sustento la Ley de Nuevo León que establece que una solicitud de divorcio tramitada en el estado queda sin efecto cuando la parte demandada no responde, en el transcurso de un mes, al llamado del juez, lo que provoca que el expediente automáticamente quede archivado “como si no se hubiera presentado”.
La demanda fue interpuesta por una mujer que impugnó la constitucionalidad del Artículo 1126 del código de Procedimientos Civiles para la entidad, que ordena al juzgador dejar sin efecto la demanda si la otra parte no se presenta en el juzgado en un plazo de 30 días.
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