CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró discriminatorio y violatorio a los derechos humanos que, en una sociedad conyugal, se privilegie en el varón la administración de los bienes.
Al analizar el amparo en revisión 1079/2018, atraído por la ministra Norma Lucía Piña, la primera sala declaró inconstitucional el artículo 170 del Código Civil para el Estado de Chihuahua, vigente en 1989, y declaró que contraviene el derecho humano a la igualdad.
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