CIUDAD DE MEXICO (apro).- El Senado de la República aprobó una nueva Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas que establece penas de 40 a 60 años de prisión y de 10 a 20 mil días de multa a quienes incurran en este delito siendo policías, ministerios públicos o cuerpos militares, al tiempo que crea una Sistema Nacional de Búsqueda que tendrá como mandato la ejecución y seguimiento de las personas desaparecidas y no localizadas.
La nueva ley se aprobó por 90 votos a favor, tres en contra y tres abstenciones, en lo general, así como 81 votos a favor y nueve en contra, en lo particular, incluyendo reformas para utilizar los tiempos oficiales de radio y televisión para la difusión de la información sobre este tema.
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