CIUDAD DE MÉXICO (proceso).- Después de casi 10 años de incumplir con la obligación autoimpuesta de expedir la ley reglamentaria al párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, los legisladores pueden ser obligados por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a hacerlo antes del 30 de abril de 2018.
El 13 de noviembre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma constitucional en materia electoral en la que se incluía la adición del entonces párrafo séptimo al artículo 134, para establecer los criterios generales que deben regir la propaganda gubernamental y prohibir que la misma se utilice para la promoción personalizada de los servidores públicos. El artículo tercero transitorio ordenaba a los legisladores “realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes federales en un plazo de treinta días naturales contados a partir del inicio de la vigencia de este decreto”.
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