CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la sola inclusión de la imagen de Andrés Manuel López Obrador en el promocional de televisión denominado “Claudia emotivo”, constituye una promoción de su persona, en tiempos que deben destinarse para difundir propaganda relacionada con elecciones locales.
En un comunicado precisó que los espots de los partidos políticos sólo deben relacionarse con las elecciones a las que pertenece el tipo de pauta en que se ordenó su difusión, por lo que al visualizar la imagen de un candidato a un cargo federal es suficiente para identificarlo y lograr su posicionamiento en tiempos que no le corresponden.
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