Magistrados electorales privilegian la libertad de expresión de los candidatos en redes sociales

CIUDAD DE MEXICO (apro).- En su resolución sobre la queja presentada por la candidata frentista a jefa del gobierno capitalino, Alejandra Barrales, en contra de su contendiente Mikel Arriola, del PRI, la Sala Superior del TEPJF determinó que las publicaciones realizadas en redes sociales no son contrarias a la normatividad electoral ni deben ser suspendidas porque exista un riesgo inminente de afectación grave a los derechos del denunciante o a los bienes, valores y principios que rigen la materia electoral.

En su resolución, los magistrados electorales privilegiaron la libertad de expresión para evitar “el riesgo de una restricción indebida a este derecho, en perjuicio del derecho a la información del electorado o a un amplio y abierto debate público”.



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