CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Según la Constitución, algunos funcionarios no pueden ser penalmente procesados. Eso se llama “fuero constitucional”. ¿Quiénes son? El presidente de la República, diputados y senadores, ministros de la Corte, magistrados de la sala superior del TEPJF, fiscal general (hoy procurador), consejeros del INE, secretarios de Estado y consejeros de la Judicatura. Se les llama “aforados”.
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