CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válido el derecho de las concubinas a exigir pensión alimenticia a sus exparejas, aunque no hayan procreado hijos o hubiesen contraído matrimonio civil con otras personas.
En la sesión remota de la Primera Sala de la SCJN, los ministros Luis González Alcántara Carrancá, Norma Lucía Piña y Alfredo Gutiérrez Mena votaron a favor de declarar como inconstitucional el artículo 65 del Código Civil de Morelos respecto a la definición de concubinato, por considerarla discriminatoria.
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