COLIMA, Col. (apro).- En su sesión de este día, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó fracciones del artículo 233 del Código Penal de Colima, por considerar que establece penas contrarias a la Constitución General de la República.
Las disposiciones invalidadas preveían la inhabilitación definitiva –conocida como “muerte civil”– para desempeñar un cargo público, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, concesiones, servicios u obras públicas, por hechos de corrupción de servidores públicos o de particulares, y ejercicio indebido de funciones, cuando el monto de la afectación o beneficio obtenido excediera de 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización o cuando se reincidiera.
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