CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La primera despenalización parcial del aborto se produjo en México dentro del Código Penal de 1871: “llámase aborto, en derecho penal, a la extracción del producto de la concepción, y a su expulsión provocada por cualquier medio, sea cual fuere la época de la preñez; siempre que esto se haga sin necesidad” (Art. 569).
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