CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un artículo del Código Penal de Guanajuato que impedía encarcelar a los padres o tutores que obliguen a sus hijos a someterse a “terapias de conversión” para modificar su preferencia sexual o identidad de género.
Por unanimidad de votos el Pleno de la Corte avaló el proyecto de la ministra María Estela Ríos González para declarar que ser padre o tutor no puede servir para reducir la pena o evitar la cárcel por someter a un menor a los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), sino que agrava la conducta, lo que podría duplicar la pena.
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