CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que los juzgados de Distrito competentes para conocer de los amparos contra el bloqueo de cuentas bancarias son los que se encuentran en la entidad donde está la sucursal bancaria asociada a las cuentas afectadas.
Este miércoles los ministros resolvieron una contradicción de criterios en la que se planteó qué juzgado de Distrito podía ser el competente para conocer de este tipo de amparos.
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