CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la aplicación de las fotomultas incluso cuando el propietario del vehículo no hubiera sido quien conducía cuando se cometió la infracción.
Durante la sesión del pleno de la Corte del pasado 1 de octubre, los ministros analizaron dos amparos tramitados contra el uso de tecnología para identificar a los infractores del Reglamento de Tránsito (fotomultas hoy fotocívicas).
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